Suspendidos los plazos administrativos por la declaración del Estado de Alarma por el COVID-19
Las medidas previstas se encuadran en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. En lo que respecta a la actuación administrativa, la Disposición adicional tercera recoge la suspensión de plazos administrativos, de tal manera que:

















