La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ha aprobado la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y de pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada del Covid-19.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha con anterioridad al 1 de octubre de 2019, que pertenezcan a los sectores más afectados por las medidas adoptadas para la lucha contra la pandemia, como la hostelería, el turismo y el comercio minorista, y que hayan sufrido una reducción de su facturación en Castilla-La Mancha, de más del 40% en los tres últimos trimestres del ejercicio de 2020 respecto del mismo periodo del ejercicio 2019, como consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19.
También podrán acceder a la condición de beneficiario las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aún careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica y tengan ánimo de lucro, y en las que concurran las circunstancias señaladas en el párrafo anterior.
Incluye las siguientes líneas de subvención:
- Línea 1: Subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas sin asalariados.
- Línea 2: Subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas con asalariados.
El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones reguladas por el presente decreto asciende a 60.000.000,00 euros del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo para el año 2021, según las líneas de subvenciones, distribuidos en las siguientes aplicaciones presupuestarias:
- Línea 1: 19.04.322 A. 4761A FPA0090015, por importe de 23.000.000 euros.
- Línea 2: 19.11.724 A. 47000 FPA0090015, por importe de 37.000.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto completo de dicho decreto 7/2021 del 28 de enero.
Las solicitudes se dirigirán, en el supuesto de la Línea 1 a la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, y en el supuesto de la Línea 2 a la Dirección General de Empresas, y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios* incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
*Anexo I y Anexo II, del documento que se adjunta.