El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras el Consejo de Ministros celebrado en la mañana de este domingo, 25 de octubre, de forma extraordinaria, ha declarado el Estado de Alarma en todo el país, para contener la propagación del Covid-19. Entró en vigor a las seis horas del mismo día.
Esta semana solicitará al Congreso de los Diputados su extensión por un periodo de 6 meses, hasta el próximo 9 de mayo, aunque si la situación epidemiológica mejorara, podría levantarse antes.
En cuanto a las medidas adoptadas en todos el territorio nacional, estas son las principales:
- Las autoridades delegadas serán los presidentes y presidentas de los gobiernos autonómicos.
- El órgano de cooperación y co-gobernanza será el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud donde están representados el Ministerio de Sanidad y CC.AA.
- Se limita la libertad de circulación de las personas desde las 23:00 horas hasta las 6:00 horas. Sólo se podrá circular por las causas justificadas establecidas en la norma. La medida es de aplicación para toda España, salvo en las Islas Canarias.
- Las CC.AA. podrán modular la hora de inicio y finalización de esta limitación, entre las 22 horas y 00:00 horas y entre las 5:00 y 7:00 horas.
- Las autonomías podrán limitar también la entrada y salida de sus territorios, en todo o en parte. Es decir, podrán confinar el territorio completo de su comunidad o decidir el confinamiento de un ámbito territorial inferior. Esta restricción de entrada y salida de personas tendrá excepciones como la asistencia a centros sanitarios, centros educativos, cumplimiento de obligaciones profesionales o laborales, etc.
- De igual forma, las comunidades autónomas decidirán limitar la permanencia de personas en espacios públicos o privados a un número máximo de 6 personas, salvo en el caso de convivientes.
- Las medidas adoptadas dependerán de la situación de cada territorio.